BASES Y CONDICIONES PROGRAMA DE VIAJEROS FRECUENTES DE CATA INTERNACIONAL
CONDICIONES GENERALES
1 - Objeto
El PROGRAMA DE VIAJEROS FRECUENTES DE CATA INTERNACIONAL consiste en una promoción permanente basada en la obtención de puntos (en adelantes BENEFICIOS) por parte del titular y/o adicional. Estos puntos pueden ser canjeados por beneficios y premios que el Programa defina.
2 - Aspectos Generales
Sujetos Intervinientes
2.1. Titulares: Son titulares de la presente promoción las personas físicas mayores de 18 años de edad que completen los datos del formulario web de inscripción y que, una vez aceptados dentro del programa, reciban el número de socio que corresponde a la identificación de su cuenta. La cuenta es unipersonal pero reconoce hasta 5 cuentas adicionales de familiares asociados a la cuenta titular. Será responsabilidad de cada socio conocer los presentes Términos y Condiciones que reglamentan el Programa, y sus actualizaciones que se publicarán en la página web de CATA Internacional: www.catainternacional.com.
2.2. Adicionales: El titular podrá adherir hasta 5 (cinco) adicionales a su cuenta. Los adicionales suman puntos en la cuenta del Titular pero carecen de facultades para canjear puntos.
2.3. Este Programa se basa en la adjudicación de puntos que son acreditados en la cuenta unipersonal de usuario toda vez que este haya concretado el viaje únicamente en servicios de CATA internacional, sin excepciones. Sólo acumula puntos el titular o adicional por viaje efectivamente realizado. No se suman puntos por compra de pasajes en los que viajen terceras personas no relacionadas con la cuenta.
2.4. El puntaje constituye una unidad de medida, calculada de la siguiente manera:
Por cada PESO ARGENTINO ($1) en los pasajes adquiridos y transportados en la empresa CATA Internacional, el titular de la cuenta recibirá DOS PUNTOS.
2.5. El único medio que identifica al viajero como frecuente, le permite registrar su compra para sumar los puntos en su cuenta y lo habilita además a canjear los puntos acumulados por premios pre establecidos, es el número de socio con el que fuera previamente registrado en el programa de beneficios de CATA Internacional.
2.6. La Tabla de Premios a permutar por puntos acumulados está compuesta por pasajes para viajar utilizando los servicios de CATA Internacional. Cada premio puesto a disponibilidad para ser canjeado tiene establecido un puntaje requerido para su intercambio. Estos puntos carecen de valor comercial y no podrán ser intercambiados, bajo ningún aspecto, por importe monetario alguno.
2.7. CATA Internacional se reserva el derecho a modificar, sin previo aviso, las Condiciones, Premios y Puntajes del Programa. En este sitio web también se podrá consultar los estados de cuenta y puntos acumulados, asimismo los socios podrán realizar solicitudes de canjes y reclamos de puntos no acreditados por intermedio de la web mencionada.
3 - Condiciones
3.1. La participación en el Programa implica la aceptación de todas las condiciones establecidas en el presente reglamento, las que se consideran y asumen conocidas por todos los participantes. En caso que el usuario se adhiera a los beneficios a través del sitio web www.catainternacional.com. La aceptación del presente reglamento se perfeccionará tácitamente mediante la solicitud de número de socio.
3.2. Pueden obtener la cuenta de beneficios de Cata internacional aquellas personas físicas mayores de 18 años que habiendo cumplimentado el formulario de adhesión hayan adquirido un número de socio. La obtención del mencionado número no implica la existencia de convenio, contrato o acuerdo de naturaleza alguna entre las empresas participantes, para con los titulares de las otorgadas. No podrán adherirse al programa ni participar de cualquier tipo de promoción relacionada con el presente, empleados las empresas comercializadoras, ni concesionarios, ni agencieros y/ o sus empleados, ni sus familiares hasta segunda grado de parentesco. Cualquier cuenta que sea detectada y cuyos titulares sean personas que se encuentren bajo dichos parámetros, será dada de baja en forma inmediata sin derecho a indemnización alguna.
3.3. Los beneficios del programa cliente frecuente, son personales e intransferibles. Los puntos acumulados tienen validez de un año a partir de su acreditación, pudiendo la empresa modificar esta fecha de vencimiento en tanto lo considere conveniente.
3.4. En caso de encontrar anomalías en la acumulación de puntos, CATA Internacional se reserva el derecho de anular parcial o totalmente los puntos acumulados por el socio, sin mediar reclamo alguno posible por parte del titular.
3.5. No otorgan adjudicación de puntaje los boletos otorgados sin cargo y los bonificados con descuentos especiales, cualesquiera sean sus porcentajes, ni los comprados fuera del territorio de la República Argentina.
3.6. La empresa participante se reserva el derecho de incrementar los puntos a acreditar en la cuenta del usuario, en calidad de "premio sorpresa o promocion".
3.7. Venta de Puntos. CATA Internacional se reserva el derecho de ofrecer a sus socios la posibilidad de comprar determinada cantidad de puntos, sin necesidad de viajar. La cantidad de puntos, precio y medios de pago disponibles serán definidos y comunicados a los socios por CATA Internacional oportunamente. Los puntos acumulados en la cuenta por este concepto tienen la misma validez que el resto de los puntos acumulados. Las cuentas que hayan comprado puntos podrán usar los mismos para canjear por cualquier tipo de pasaje o premio vigente.
3.8. Los reclamos respecto a la falta de acreditación de puntaje en su cuenta, podrán ser gestionados únicamente por el interesado, vía e-mail y dentro de los treinta días de cumplimentado el traslado. Vencido el plazo estipulado no serán considerados los referidos casos.
3.9. Para el tratamiento de tales reivindicaciones es menester citar en la nota los datos inherentes al lugar y fecha de compra del pasaje, Nº de boleto adquirido, destino, fecha y hora de viaje, Nº de butaca asignada y apellido y nombre del titular. La aceptación o rechazo del reclamo -esto último con aclaración de motivos- se comunicarán al interesado por igual medio dentro de los quince días hábiles de recibida la información requerida.
3.10. Los puntos acumulados por el titular del programa de beneficios de viajeros frecuentes de CATA Internacional no pueden ser transferidos a cuentas de terceros. Tampoco se podrán unificar los disponibles con otros adherentes con el fin de lograr reunir el puntaje que premio alguno tiene estipulado para su canje. Solo se admitirá que el titular de la cuenta pueda utilizar su crédito de puntos que, en cantidad suficiente, le permitan cubrir su canje por pasajes para sus propios traslados o los que por escrito determine sean extendidos a nombre de integrante de su grupo familiar con necesidades de viaje.
3.11. Una vez solicitado el canje de puntos por boletos, los mismos no podrán ser modificados en ninguno de sus ítems (fecha, horario, tramo solicitado, categoría de servicio, pasajero). Una vez solicitado el canje de puntos, sea por pasaje o premios físicos, no existe posibilidad alguna de deshacer la operación.
3.12. En caso de producirse la baja del titular del programa de beneficios para viajeros frecuentes de CATA Internacional, ya sea por transgredir aspectos puntuales de las Condiciones que rigen este Programa o retirarse de éste por voluntad propia, los puntos existentes en su cuenta caducarán automáticamente.
3.13. Las tasas y/o impuestos que origine cualquier pasaje de recompensa estará a cargo del Participante titular adherido al programa de pasajeros frecuente de CATA Internacional.
3.14. Una vez emitidas las recompensas los puntos que las originaron no pueden ser devueltos; si se tratase de pasajes los mismos tendrán las condiciones que la empresa defina para su cambio; en el caso de recompensas que no sean pasajes, las mismas tendrán la garantía del fabricante y el socio deberá dirigirse al mismo para hacer valer la misma.
3.15. Para solicitar un premio, el participante debe tener un número de asociado válido y él número de puntos necesarios para el canje por el premio solicitado. El puntaje necesario para acceder a un premio será el indicado en el listado de premios valida al momento de la solicitud.
3.16. Todas las recompensas están sujetas a disponibilidad, no asumiendo CATA Internacional ningún tipo de responsabilidad por la falta de disponibilidad de recompensas, cualquiera fuera la causa de dicha disponibilidad.
3.17. Para el canje de puntos por pasajes en el programa de puntos de CATA Internacional, habrá un cupo máximo según disponibilidad equivalente al 5% de total de asientos del servicio.
3.18. La modalidad para el canje de puntos por premios es a través de la web www.catainternacional.com. CATA Internacional puede definir cambios en la modalidad de canje en cualquier momento comunicando los mismos de la forma en que considere conveniente.
3.19. CATA Internacional se reserva el derecho de introducir en el presente Programa modificación de aquellas condiciones que la práctica aconseja ajustar, tendiente ello a lograr armoniosa aplicación del mismo.
3.20. Vigencia del programa. CATA Internacional se reserva el derecho de concluir o suspender el Programa en cualquier momento, notificando tal decisión con 60 (sesenta) días de anticipación a la fecha de finalización, por los medios que considere convenientes. Durante dicho plazo los participantes tendrán derecho a cambiar sus puntos por premios según el listado de premios vigentes al momento de dicha comunicación. Con la terminación del programa caducaran en forma automática los puntos y toda obligación asumida por CATA Internacional bajo los presentes Términos y Condiciones.
3.21. Los beneficiarios y/o titulares de los premios que se otorgan mediante este programa de beneficios renuncian a cualquier reclamo que pudiesen intentar contra CATA Internacional con origen en las bases y condiciones aquí descriptas.
3.22. Toda controversia que se suscite entre las partes con relación a este contrato, su existencia, validez, calificación, interpretación, alcance, cumplimiento o resolución, se resolverá definitiva-mente por los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Mendoza, República Argentina.
El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326". "La DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.